El polémico papel de las mutuas
Blanca M. García / Periodista. Las
mutuas parece que no tendrán finalmente capacidad de intervención en
las altas y bajas laborales de incapacidad temporal (IT) por enfermedad
común tras la polémica que generó esta decisión. El pasado mes de
diciembre, el Consejo de Ministros daba luz verde al anteproyecto de ley
de mutuas, un borrador que pretendía limitar aún más los derechos de
los trabajadores al otorgar a estas entidades la posibilidad de
intervención por silencio administrativo. Es decir, que si hasta ahora
las mutuas podían proponer el alta del trabajador al sistema público de
salud pero era el médico quien tenía la última palabra –dispone de diez
días para responder y, si no lo hace, se entiende que la propuesta es
rechazada–, con el nuevo anteproyecto se le daba la vuelta a la
tortilla: el médico tendría cinco días para contestar y, en caso de
silencio, el trabajador recibiría el alta de forma automática.
Como era de esperar, los médicos del sistema nacional de salud se
opusieron a esta iniciativa y, con ellos, el Ministerio de Sanidad y las
consejerías de las Comunidades Autónomas, ya que este proceso obligaría
a los especialistas a decidir en un periodo muy corto la incapacidad o
no de un paciente. A ello se sumaría la posibilidad de obligar a una
persona que sufra una enfermedad grave, o que no se encuentre en un
estado de salud óptimo, a volver a su puesto de trabajo si el médico que
lo atiende está ausente.
Por suerte para los trabajadores, el Ministerio de Empleo acaba de
dar marcha atrás y el anteproyecto de ley de mutuas –aprobado por el
Consejo de Ministros para remitirlo al Parlamento– no incluirá el
llamado silencio positivo. Como alternativa, la intención es introducir
ciertos cambios que modificarán el peso de los distintos actores en las
bajas laborales.
Con la legislación actual, el servicio público de salud puede expedir
altas, bajas y partes de confirmación de IT hasta el día 365. Por su
parte, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene capacidad de
intervención en las altas y bajas –siempre que sea el propio INSS quien
haya emitido el alta–. La duración máxima de las bajas por incapacidad
temporal es de 365 días, que son prorrogables 185 días más siempre que
sea el INSS quien así lo decida. Esto último significa que a partir del
día 365, tal y como establece la Ley 40/2007, todas las competencias
pasan a ser responsabilidad del INSS. En lo que respecta a las mutuas,
éstas pueden únicamente formular propuestas de alta médica tanto al
servicio público de salud como al INSS. Sin embargo, el anteproyecto de
ley de mutuas establece el uso de los recursos sanitarios de las mutuas,
que están infrautilizados, para que sean aprovechados por los servicios
públicos de salud.
El gasto que supusieron las prestaciones por IT a la Seguridad Social
en 2013 fue de 5.000 millones de euros. La intención del Ejecutivo
central es ahorrar cerca de 500 millones de euros con la puesta en
marcha de la futura ley de mutuas.
PUBLICADO EN ATLÁNTICA XXII Nº 32, MAYO DE 2014
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Ilustración
/ Alberto Cimadevilla.
Blanca M. García / Periodista.
Las mutuas parece que
no tendrán finalmente capacidad de intervención en las altas y bajas laborales
de incapacidad temporal (IT) por enfermedad común tras la polémica que generó
esta decisión.
El pasado mes de diciembre, el Consejo de Ministros daba luz
verde al anteproyecto de ley de mutuas, un borrador que pretendía limitar aún
más los derechos de los trabajadores al otorgar a estas entidades la
posibilidad de intervención por silencio administrativo. Es decir, que si hasta
ahora las mutuas podían proponer el alta del trabajador al sistema público de
salud pero era el médico quien tenía la última palabra –dispone de diez días
para responder y, si no lo hace, se entiende que la propuesta es rechazada–,
con el nuevo anteproyecto se le daba la vuelta a la tortilla: el médico tendría
cinco días para contestar y, en caso de silencio, el trabajador recibiría el
alta de forma automática.
Como era de esperar, los médicos del sistema nacional
de salud se opusieron a esta iniciativa y, con ellos, el Ministerio de Sanidad
y las consejerías de las Comunidades Autónomas, ya que este proceso obligaría a
los especialistas a decidir en un periodo muy corto la incapacidad o no de un
paciente. A ello se sumaría la posibilidad de obligar a una persona que sufra
una enfermedad grave, o que no se encuentre en un estado de salud óptimo, a
volver a su puesto de trabajo si el médico que lo atiende está ausente.
Por suerte para los trabajadores, el Ministerio de
Empleo acaba de dar marcha atrás y el anteproyecto de ley de mutuas –aprobado
por el Consejo de Ministros para remitirlo al Parlamento– no incluirá el
llamado silencio positivo. Como alternativa, la intención es introducir ciertos
cambios que modificarán el peso de los distintos actores en las bajas
laborales.
Con la legislación actual, el servicio público de
salud puede expedir altas, bajas y partes de confirmación de IT hasta el día
365. Por su parte, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene capacidad
de intervención en las altas y bajas –siempre que sea el propio INSS quien haya
emitido el alta–. La duración máxima de las bajas por incapacidad temporal es
de 365 días, que son prorrogables 185 días más siempre que sea el INSS quien
así lo decida. Esto último significa que a partir del día 365, tal y como
establece la Ley 40/2007, todas las competencias pasan a ser responsabilidad
del INSS. En lo que respecta a las mutuas, éstas pueden únicamente formular
propuestas de alta médica tanto al servicio público de salud como al INSS. Sin
embargo, el anteproyecto de ley de mutuas establece el uso de los recursos
sanitarios de las mutuas, que están infrautilizados, para que sean aprovechados
por los servicios públicos de salud.
El gasto que supusieron las prestaciones por IT a la
Seguridad Social en 2013 fue de 5.000 millones de euros. La intención del
Ejecutivo central es ahorrar cerca de 500 millones de euros con la puesta en
marcha de la futura ley de mutuas.
PUBLICADO EN ATLÁNTICA XXII Nº 32, MAYO DE 2014